La Asamblea Nacional una vez más evidencia su distanciamiento con la realidad y la posibilidad de contribuir efectivamente a generar política pública privilegiando a la mayoría de los ecuatorianos y no sus opciones electorales. Ha frustrado la posibilidad de rescatar a un gran número de empresas que son fuente de generación de empleo formal al no estimar debidamente los gravísimos efectos de la crisis sanitaria.

Entre las afectaciones de la Ley Humanitaria, la de mayor preocupación, aunque no la única, es la disposición interpretativa al inciso 6 del artículo 169 sobre la Fuerza Mayor, introducida a última hora de forma irregular durante el segundo debate parlamentario, contraviniendo la propia Ley Orgánica de la Función Legislativa, que con su alcance reformatorio va a perjudicar a muchísimas empresas, principalmente pequeñas y medianas, que se ven impedidas de encontrar un medio jurídico y lícito para sobreponerse a la paralización de actividades y la falta de ingresos durante más de 80 días.

En la gran mayoría de casos, exceptuando algún eventual abuso -que debe ser sancionado como corresponde-ha sido forzoso apelar a esta normativa para salvar a numerosos emprendimientos que de otro modo se habrán perdido irremediablemente.

“No hay empleo sostenible sin empresa sostenible”, destacando que la normativa de Fuerza Mayor está contemplada -desde hace varias décadas-no sólo en Ecuador sino en legislación internacional comparable.

El Comité Empresarial Ecuatoriano-CEE, en representación de 100 gremios que lo conforman, ha resuelto presentar inmediatamente una demanda de inconstitucionalidad por forma y fondo de la Ley, por este y eventualmente otros temas en que haya violentado la Carta Fundamental.

Fuente: cee.org.ec