Aunque la Ley de apoyo humanitaria plantea una serie de alternativas para arreglos en varios aspectos como pensiones educativas, créditos y otros, quizá la parte medular de la Ley se refiere a medidas para flexibilizar el mercado laboral en medio de la crisis.

El proyecto se aprobó en el Pleno de la Asamblea el viernes 15 de mayo del 2020 y aún se espera el pronunciamiento del Ejecutivo.

El argumento del Gobierno es que son necesarias estas medidas para garantizar la estabilidad del empleo en medio de la emergencia sanitaria. No obstante, algunas centrales sindicales han anunciado que demandarán la inconstitucionalidad del texto porque viola los derechos irrenunciables de los trabajadores.

Los principales lineamientos del proyecto son:

1. El salario se puede reducir por acuerdo entre trabajador y empleador

El artículo 16 de la norma establece que los trabajadores y empleadores podrán modificar las condiciones económicas de la relación laboral, tales como el salario “a fin de preservar el empleo y garantizar la estabilidad de los obreros”. No se establece el tiempo de duración que tendrá este contrato.

El acuerdo puede ser planteado por el empleado o por el patrono. Si lo presenta el patrono, está obligado a informar de forma clara los sustentos de la necesidad de suscribirlo.

Además, debe ser suscrito en el Ministerio de Trabajo, que se encargará de vigilar su cumplimiento.

El acuerdo debe ser individual por cada trabajador y no colectivos. Si se produce un despido dentro del primer año de vigencia del acuerdo, las indemnizaciones se calcularán con base en la última remuneración percibida antes del acuerdo. No se aclara qué sucede si la desvinculación ocurre luego del año de vigencia de la Ley.

2. Cuatro condiciones deben cumplirse para bajar el salario del obrero

Estas condiciones son: (1) El empleador debe presentar los estados financieros al trabajador. (2) No se podrá repartir utilidades a los accionistas de las empresas mientras duren los acuerdos. (3) Si hay acuerdo con la mayoría de trabajadores para modificar el acuerdo, se deberá aplicar para el resto de obreros que no suscribió el acuerdo. (4) Si no hay acuerdo entre las partes, el empleador puede liquidar al trabajador.

3. Contrato laboral de emergencia puede durar hasta cuatro años

La Ley crea un contrato de emergencia con un plazo de duración de 2 años y que podrá ser renovado por el mismo plazo por una sola vez.

La jornada puede ser parcial o completa. Es decir, de cuatro u ocho horas diarias, distribuidas en máximo seis días a la semana sin sobrepasar las ocho horas diarias. Los beneficios (fondos de reserva, etc.) serán proporcionales a las horas trabajadas.

Al terminar el plazo del contrato o si la terminación se da por decisión unilateral del empleador o trabajador antes del plazo indicado, el trabajador tendrá derecho solo al pago de remuneraciones pendientes, bonificación por desahucio y demás beneficios de ley calculados de conformidad al Código de Trabajo.

Y si finalizado el plazo acordado se continúa con la relación laboral, el contrato se considerará como indefinido.

Este contrato es para nuevas líneas de negocios o nuevos emprendimientos. 

4. La jornada laboral se puede reducir a la mitad 

Por fuerza mayor se puede reducir la jornada hasta en un 50%; es decir, puede pasar de ocho a cuatro horas diarias. La remuneración deberá no ser menor al 55% de la que tenía antes de la situación de emergencia. Por ejemplo, si un trabajador ganaba el salario básico de USD 400, este monto podrá reducirse hasta en USD 180 y pasar a ganar 220 al mes. En todo caso, la reducción será equivalente a la reducción de la jornada.

El aporte a la seguridad social se pagará de acuerdo a la jornada reducida. Esto podrá aplicarse por dos años y renovarse por una sola vez por igual período. Si se dan despidos, las liquidaciones serán de acuerdo al salario que se tenía antes de la emergencia.

5. El empleador puede decidir las fechas de las vacaciones de sus empleados

Los empleadores podrán durante dos años notificar de forma unilateral al trabajador el cronograma de las vacaciones o compensar los días de inasistencia al trabajo como vacaciones devengadas.

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